The China Mail - La justicia británica desestima el recurso de España en el pago a inversores de energías renovables

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La justicia británica desestima el recurso de España en el pago a inversores de energías renovables
La justicia británica desestima el recurso de España en el pago a inversores de energías renovables / Foto: © AFP/Archivos

La justicia británica desestima el recurso de España en el pago a inversores de energías renovables

El Tribunal Supremo británico desestimó este miércoles un recurso del gobierno español contra una decisión judicial que le impuso pagar a dos inversores perjudicados por una reforma eléctrica de 2013, que revocó las ayudas a las energías renovables.

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El 24 de mayo de 2023, la justicia británica había dictado que el Estado español no puede bloquear en el Reino Unido una decisión arbitral internacional que le impuso pagar 120 millones de euros (139,6 millones de dólares) a los dos inversores.

El gobierno español había invocado en aquella ocasión, entre otras cuestiones, la "inmunidad soberana" para intentar anular el registro ante la justicia británica de un laudo arbitral internacional de 2018.

"El Tribunal Supremo desestima por unanimidad el recurso", de España, sentenció este miércoles la justicia británica.

El Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI) -organismo dependiente del Banco Mundial- emitió ese laudo en 2018, que fue confirmado en 2021 por la justicia británica.

La corte basó este miércoles su decisión en que "España se ha sometido a la jurisdicción de los tribunales ingleses (...) por efecto del artículo 54(1) del Convenio del CIADI".

Para el Tribunal Supremo británico, España, en consecuencia, "no puede invocar la inmunidad del Estado para oponerse al registro de laudos del CIADI dictados en su contra".

"El artículo 54(1) dispone que cada Estado Contratante reconocerá el laudo como obligatorio y lo ejecutará en su territorio como si se tratara de una sentencia firme de un tribunal de ese Estado", añade.

El laudo del CIADI impuso a España pagar los 120 millones de euros a las empresas Infrastructure Services Luxembourg S.A.R.L. y Energia Termosolar B.V, con sedes, respectivamente, en Luxemburgo y Países Bajos.

Bajo el nombre Antin, estas invirtieron en 2008 en la construcción de la planta solar Andasol en Granada, aprovechando los incentivos financieros anunciados por el gobierno socialista de José Luis Rodríguez Zapatero que fueron revocados retroactivamente en 2013 por el ejecutivo conservador de Mariano Rajoy.

Las empresas están intentando ejecutar los laudos en las jurisdicciones donde España tiene activos.

La inmunidad soberana fue una de las estrategias de España ante tribunales extranjeros para intentar frenar la ejecución de laudos favorables a inversores.

Pero tribunales de Estados Unidos, Australia y Singapur tampoco dieron la razón a España con ese argumento.

Estas decisiones contrarias a España abren la puerta a los inversores a que pidan el embargo de bienes de carácter comercial situados en esos países como garantía de cobro de las indemnizaciones.

Richard Clarke, abogado del despacho Kobre & Kim, en representación de los inversores, señaló este miércoles que "la decisión deja a España expuesta a que se embarguen sus activos comerciales".

"El Tribunal Supremo refuerza aún más el consenso internacional de que los laudos del CIADI deben ser cumplidos y ejecutados", añadió.

E.Lau--ThChM