The China Mail - Expertos alertan que cambios en aportes de salud podrían elevar evasión e informalidad

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Expertos alertan que cambios en aportes de salud podrían elevar evasión e informalidad
Expertos alertan que cambios en aportes de salud podrían elevar evasión e informalidad

Expertos alertan que cambios en aportes de salud podrían elevar evasión e informalidad

La ley de rescate fiscal, que plantea modificar las cotizaciones al sistema de salud desde 2027, abrió una discusión sobre sus efectos en el recaudo. Expertos advierten que los mayores aportes pueden incentivar la evasión y la informalidad.

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La ley de rescate fiscal, que plantea modificar las cotizaciones al sistema de salud desde 2027, abrió una discusión sobre sus efectos en el recaudo. Expertos advierten que los mayores aportes pueden incentivar la evasión y la informalidad.

La preocupación se concentra en el incremento progresivo de las tarifas para trabajadores independientes y empleados con ingresos superiores a dos salarios mínimos, así como en la reducción de las exoneraciones que actualmente benefician a determinados empleadores. Aunque el propósito de la iniciativa es fortalecer la financiación del sistema, los cambios pueden generar comportamientos que terminen afectando los recursos que se pretende recaudar.

El riesgo está en que mayores obligaciones no necesariamente signifiquen mayores ingresos efectivos. Jesús Albrey González, presidente del Colegio de Abogados en Derecho Médico, considera que el proyecto puede aumentar los incentivos económicos para incumplir las obligaciones de cotización, especialmente entre quienes deben asumir directamente los aportes y tienen ingresos variables.

En su análisis, el riesgo no se limita a que los trabajadores independientes decidan no pagar. También contempla la posibilidad de que algunos declaren una base de cotización inferior a sus ingresos reales para reducir el valor de sus obligaciones.

“La ley puede tener un efecto de aumento al incentivo económico a la evasión, a declarar una base inferior o a permanecer en la informalidad. Es un riesgo que debe evaluarse, sobre todo si la persona percibe que paga más sin encontrar mejoras en la prestación de los servicios de salud”, señaló González.

Mayores cotizaciones y presión sobre los ingresos El artículo 21 del proyecto modifica el artículo 204 de la Ley 100 de 1993 y establece nuevas tarifas para los trabajadores dependientes. Los cambios comenzarían a aplicarse el primero de enero de 2027. La propuesta mantiene una cotización del 4 % para quienes devenguen hasta dos salarios mínimos. A partir de ese nivel, el porcentaje aumenta progresivamente, hasta alcanzar el 8 % para los ingresos superiores a veinte salarios mínimos.

Actualmente, la cotización a cargo del trabajador es del 4 %. Con la modificación, quienes reciban más de dos salarios mínimos tendrían descuentos superiores, dependiendo de su nivel de ingresos y del rango establecido en el articulado. Para quienes devenguen más de dos y hasta cuatro salarios mínimos, la tarifa sería del 5,5 %. Entre más de cuatro y cinco salarios mínimos subiría al 6 %, mientras que para ingresos superiores a cinco y hasta diez llegaría al 6,5 %.

El porcentaje continuaría aumentando hasta ubicarse en 7 % para quienes reciban más de diez y hasta quince salarios mínimos, 7,5 % para el siguiente rango y 8 % para quienes superen los veinte salarios mínimos. El cambio también alcanzaría a los independientes, quienes tendrían una cotización progresiva que comenzaría en 12,5 % para ingresos de hasta dos salarios mínimos y llegaría al 15,5 % para quienes devenguen más de veinte y hasta veinticinco.

González considera que este segmento puede enfrentar una presión particular, porque debe asumir directamente sus aportes y puede experimentar variaciones en sus ingresos. Un mayor porcentaje de cotización reduciría el dinero disponible después de cumplir esa obligación.

“Este aumento claramente reduce el ingreso efectivo, y puede afectar sus finanzas, especialmente cuando el trabajador independiente presenta demoras en el pago de los ingresos base de cotización”, afirmó. El experto advierte que el problema puede trasladarse al recaudo cuando el incremento de las tarifas lleva a algunos cotizantes a modificar sus declaraciones o a permanecer por fuera de la formalidad.

aun así, el acceso al régimen subsidiado no constituye una alternativa de libre elección para quienes conservan capacidad de pago y están obligados a cotizar. Su vinculación depende de las condiciones legales y socioeconómicas establecidas. Por eso, una eventual reducción de los aportes no necesariamente se traduciría en un traslado automático al régimen subsidiado. El riesgo también está en que las personas que pierdan capacidad de pago requieran mecanismos de aseguramiento financiados con recursos públicos.

127 prestadores antes de salir de la intervención Diana K. El costo laboral también entra en la discusión La iniciativa no solamente modifica los porcentajes que deben aportar los trabajadores.

También cambia las condiciones de exoneración de determinados pagos patronales, una decisión que puede incidir en las decisiones empresariales de contratación y formalización laboral. María Paula Dueñas, asociada senior de Empleo y Compensación de Baker McKenzie Colombia, considera que el proyecto representa un incremento importante de los costos asociados a la contratación formal para los empleadores y, en determinados casos, para los propios trabajadores.

Actualmente, las empresas beneficiarias de la exoneración no asumen determinados aportes a salud, Sena e ICBF por trabajadores que devengan menos de diez salarios mínimos. El proyecto reduce ese umbral a dos salarios mínimos. La exoneración representa un 13,5 % de la remuneración, correspondiente al aporte patronal a salud del 8,5 %, al 3 % del ICBF y al 2 % del Sena. Para las compañías, el cambio supone incorporar nuevos costos.

de acuerdo con el ejemplo presentado por Dueñas, por un trabajador con un salario mensual de $5 millones el costo adicional por esos tres conceptos sería alrededor de de $675. 000 mensuales, sin considerar otros componentes de la nómina.

La modificación también contempla un tratamiento particular para empresas con trabajadores que devenguen más de dos y hasta tres salarios mínimos, para quienes el pago de las cotizaciones al régimen contributivo de salud sería del 4 %. Para Dueñas, el efecto puede sentirse especialmente en las compañías cuya planta de personal se concentra en trabajadores que reciben entre dos y diez salarios mínimos, debido al peso que estos nuevos compromisos tendrían en sus presupuestos.

“Un incremento relevante en el costo de nómina, sumado al crecimiento que ha tenido el SMLMV en los últimos años, puede afectar las decisiones de contratación y generar presiones sobre la formalización laboral”, explicó la especialista. Entre las posibles respuestas empresariales menciona la reducción de nuevas contrataciones, el congelamiento de vacantes, los ajustes en las estructuras de compensación y los procesos de reorganización de las plantas de personal.

También puede aumentar el interés por utilizar contratos de prestación de servicios u otras modalidades de vinculación. aun así, la experta advierte que estos esquemas no pueden utilizarse para encubrir relaciones laborales cuando existen prestación personal del servicio y subordinación.

El impacto sobre la formalidad representa otro frente de discusión para el recaudo. Si el incremento de los costos lleva a algunas compañías a reducir sus plantas o a modificar sus modalidades de contratación, puede disminuir la base de trabajadores que realizan aportes al sistema.

Para los empleados, el efecto se reflejaría en un menor ingreso disponible, incluso cuando su salario nominal se mantenga. asimismo, las empresas tendrían que ajustar sus sistemas de nómina para aplicar las nuevas tarifas y evitar errores en las retenciones. González también plantea que el fortalecimiento financiero no debería medirse exclusivamente por el aumento de los porcentajes. El indicador relevante será cuánto dinero ingresa efectivamente al sistema y si los cotizantes mantienen su vinculación.

“El éxito de la medida debe medirse por el recaudo neto y la permanencia en la formalidad, no solamente por el aumento de las tarifas”, sostuvo. El debate también involucra el destino de los recursos.

El experto señala que debe diferenciarse entre conseguir financiación adicional para ampliar la capacidad de atención y sustituir con mayores cotizaciones recursos que anteriormente aportaba la Nación. En este último escenario, el cambio puede aliviar las finanzas públicas, pero no necesariamente aumentar el dinero disponible para atender pacientes.

La discusión deberá establecer si las modificaciones representan recursos adicionales para el sistema. A esto se suma el artículo 22, que destina un punto de los cuatro porcentuales de los aportes de las cajas de compensación familiar a financiar el aseguramiento obligatorio en salud, mediante giros a la Adres.

B.Carter--ThChM